El 21 de mayo se publico en el BOC la orden INN/31/2019 por la que se convoca para el año 2019 la línea de subvenciones DIAGNÓSTICOS 4.0
Os hacemos un breve resumen, de algunos de los requisitos más relevantes, sin perjuicio de que la documentación a aportar así como los requisitos más específicos y completos vengan desarrollados en las normas reguladoras
BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiaria la PYME que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titulara en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el artículo 2 de la Orden INN/7/2019, de 5 de mazo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones DIAGNÓSTICOS 4.0., y esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.
Relación de actividades económicas incluidas:
- Industrias extractivas de minerales no energéticos.
- Industrias de la alimentación, bebidas (Reglamento UE 1301/2013).
- Industria textil y de la confección.
- Industria del cuero y del calzado.
- Industria de la madera y del corcho.
- Industria del papel, edición, artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
- Industria de la transformación del caucho y materias plásticas.
- Industria de otros productos minerales no metálicos.
- Industria cementera y derivados.
- Metalurgia y fabricación de productos metálicos.
- Industria de la construcción de maquinara y equipo mecánico.
- Industria de material y equipo eléctrico, electrónico y óptico.
- Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
- Fabricación de otro material de transporte.
- Industrias manufactureras diversas.
- Talleres de reparación de vehículos.
- Construcción naval.
FINALIDAD
- Serán subvencionables los diagnósticos y auditorias que contemplen el estado actual de implantación de soluciones en el ámbito de la Industria 4.0 en la empresa, así como la digitalización y las líneas de actuación necesarias para completar una estrategia 4.0. Son subvencionables los servicios de consultoría en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y anayitics, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas.
Para ello, la empresa que realice el diagnóstico, ha de contemplar, al menos, los siguientes apartados:
- Realización de un informe de diagnóstico de su situación actual en materia de digitalización.
- Un plan de transformación.
2. La subvención debe tener un efecto incentivador, es decir: si, antes del inicio del proyecto, la empresa beneficiaria ha presentado, al amparo de la orden de convocatoria de las ayudas, una solicitud con, al menos, al siguiente información:
- nombre y tamaño de la empresa;
- descripción del proyecto, incluidas sus fechas de inicio y finalización;
- ubicación del proyecto;
- lista de costes del proyecto;
- importe de la financiación pública necesaria para el proyecto.
La fecha de inicio del proyecto tendrá que ser posterior o igual a la fecha de solicitud.
IMPORTE: La dotación económica de la convocatoria de subvenciones será de 200.000 €
BASES REGULADORAS: Orden INN/7/2019, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la linea de subvenciones DIAGNOSTICOS 4.0. publicada en el BOC nº 53 de 15 de marzo de 2019.
PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES: Se deberán presentarse en el plazo de un mes desde el día 22.05.2019