Subvención SECTOR DISTRIBUCIÓN COMERCIAL MINORISTA CANTABRIA

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Os informamos de que EL 11.04.2019  se ha publicado la  Orden INN/17/2019 de 27 de marzo, por el que se aprueba para el año 2019 la convocatoria de subvenciones al sector de la distribución comercial minorista en Cantabria.

 

Haciendo un breve resumen de algunos de  los requisitos más relevantes, sin perjuicio de que la documentación a aportar así como los requisitos más específicos y completos vengan desarrollados en las normas reguladoras correspondientes.

 

 

Podrán ser beneficiarias las pequeñas empresas comerciales o de prestación de servicios complementarios al comercio cuyo establecimiento se encuentre en Cantabria y su actividad principal sea alguna de las siguientes:

-Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes

-Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes

-Comercio en almacenes populares

– Comercio mixto o integrado al por menor

-Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente

-Reparación de artículos eléctricos para el hogar y reparación de otros bienes de consumo

-Alquiler de bienes de consumo

-Lavanderías, tintorerías y servicios similares

– Salones de peluquería e institutos de belleza

-Servicios fotográficos

-Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras

-Servicios de enmarcación

 

Serán subvencionables las siguientes inversiones:

 

  1. a) Realización de obras de acondicionamiento y reforma de los establecimientos de venta al público o de prestación del servicio.
  2. b) Realización de obras para eliminar barreras arquitectónicas en estos establecimientos que faciliten el acceso para las personas con movilidad reducida.
  3. c) Adquisición de equipamiento comercial y maquinaria, relacionados con la actividad desarrollada, para su utilización en el propio establecimiento y la adquisición de remolques-tienda y camiones-tienda por comerciantes ambulantes.
  4. d) Instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia de los establecimientos comerciales.
  5. e) Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:

 

El gasto se deberá de haber realizado y pagado entre el 16 de mayo de 2018  y el 15 de mayo de 2019, y debe de suponer una inversión mínima de 3.000 euros (IVA excluido)

 

Las solicitudes se deberán presentar entre el 12 de abril  y el 15 de mayo de 2.019.

[stellar]
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