El gobierno de Cantabria ha publicado el 07/03/2019 la orden por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento de empleo autónomo.
Objeto
La presente orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para el año 2019, de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo, incentivando la consolidación de proyectos de autoempleo y facilitando su desarrollo, una vez que éste haya alcanzado una duración mínima de tres años y máxima de cinco.
Requisitos para solicitar la subvención
Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, o en una mutualidad de colegio profesional de Cantabria.
Haber cotizado ininterrumpidamente en el citado régimen especial o mutualidad durante al menos los tres años anteriores a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y hasta un máximo de cinco años.
Desarrollar su actividad económica de forma personal, profesional y directa en empresas, radicadas y que desarrollen principalmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, bien sea de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles, a excepción de las sociedades laborales y cooperativas.
No contar la plantilla de la empresa con más de nueve trabajadores contratados por cuenta ajena el día de publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Procedimiento de concesión
Concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Solicitudes
Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se formularán en modelo oficial, el cual podrá conseguirse en la página Web de la Dirección General de Trabajo (www.dgte.cantabria.es) o será facilitado por esta Dirección General, debiendo ser dirigidas al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y presentadas en el Registro delegado de la Dirección General de Trabajo (Hernán Cortés 9, planta baja, Santander), o en las demás formas a que hace referencia el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. (Anexo I)
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes, será de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Último día de presentación de solicitudes: 23 de abril de 2019.