En la situación ecónomica vivida durante el 2020 y lo que llevamos de 2021, son muchas las ayudas y subvenciones que satisfacen las administraciones a particulares. Vea cuándo deben declararse estas percepciones en el IRPF y cómo tributan.
¿Ganancia o renta del trabajo?
Ganancias. En general, las subvenciones públicas a particulares (estatales, autónomicas, de ayuntamientos…) se consideran ganancias patrimoniales y tributan en la base general del IRPF. Éste es el caso, por ejemplo, de:
- Las ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual o el acondicionamiento de casas rurales.
- Las ayudas directas para sufragar los costes del alquiler de la vivienda.
- Las subvenciones destinadas a la adquisicón de determinados activos, como el Plan Renove por la compra de vehículos.
Rentas de trabajo. No obstante, la ley califica dterminadas ayudas como «rendimientos del trabajo». Es el caso de las siguientes ayudas y subvenciones:
- Prestaciones de la Seguridad Social por desempleo o incapacidad, jubilación, saccidente, enfermedasd, viudedad o similares.
- Las becas que no estén exentas, así como las ayudas concedidas para promover el empleo (el Plan PREPARA o las becas de transporte para cursos de formación de desempleados).
Más ventajosos. El hecho de que una ayuda se considere rendimiento del trabajo es más ventajoso:
- Los rendimientos del trabajo disfrutan de una reducción de 2.000 euros en concepto de «otros gastos», y de una reducción adicional de hasta 5.565 euros si los rendimientos netos (despues de gastos) son inferiores a 16.825 euros. DIchas reducciónes no son aplicables sobre ganancias patrimoniales.
- El volumen de rentas a obtener -y que determina la obligación de declarar- es más elevado si éstas se califican como «rendimientos» que si se califican como «ganancias patrimoniales».
No tributan. También hay ayudas y subvenciones que están exentas y que no tributan como ganancias patrimoniales ni como rendimientos del trabajo. Por ejemplo:
- Las prestaciones de la Seguridad SOcial por incapacidad permanente aboluta o gran invalidez.
- Prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único.
- Las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad, así como también las prestaciones públicas por maternidad o paternidad.
Criterios de imputación.
Reglageneral: cobro. Las subvenciones públicas, en caso de que tributen, deben imputarse en el IRPF del año de su cobro, y no en el de su concesión. Así, si un particular adquiere un vehículo y disfruta de una ayuda que le supone un descuento en el precio, deberá declararla en el IRPF del año de adquisicón. Y si se le reconoce una ayuda para adquirir su vivienda en 2020 pero la cobra en 2021, deberá declararla en 2021
Reglas especiales. En algunos casos en que las ayudas suelen ser elevadas y en un solo pago, se puede optar por declararlas por cuartas partes en el año de su cobor y en los tres siguientes. Eso es posible, por ejemplo, en ayudas para compensar defectos estructurales de construcción de la vivienda o en ayudas estatales directas para compra de vivienda pervcibidas mediante pago único. Así se pretende limitar la progresividad del impuesto (ya que declararlas en un solo año supondría una elevada tributación).
Fuente: Apuntes & consejos Impuestos