Muchos trabajadores que hasta ahora no estaban obligados a presentar declaración del IRPF deberán presentar la del 2020
En general, si un trabajador percibe rentas del trabajo por un importe no superior a 22.000 euros y trabaja sólo para una empresa, no está obligado a presentar declaración de IRPF. Pero ¡OJO! si en el 2020 dicho trabajador estuvo afectado por un ERTE y percibió prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), habrá recibido salarios de dos o más pagadores, en cuyo caso sí puede estar obligao a presentar la declaración.
Dos o más pagadores. En concreto, esto sucederá si sus retribuciones totales anuales (incluyendo los salarios recibidos de la empresa y la prestación del SEPE) superaron los 14.000 euros y tanto la empresa como el segundo pagador en volumen (el SEPE en este caso) le abonaron una retribución superior a los 1.500 euros. Si se dan estos dos supuestos el afectado habrá soportado unas retenciones muy bajas, por lo que, al presentar su declaración, ingresará la cuota de IRPF que no habrá satisfecho vía retenciones.
Misma contribución fiscal. Piense que el tipo de retención se calcula de forma independiente para cada pagador (según las retribuciones que éste va a satisfacer, sin tener en cuenta las satisfechas por el otro). Dado que el IRPF es un impuesto progresivo (el tipo aumenta si aumenta la renta declarada), con esta regla se presetende que el hecho de tener más de un pagador no suponga una ventaja fiscal.