Orden EPS/12/2020, de 30 de abril de 2020, de la consejera de Empleo y Políticas Sociales por la que se dispone la percepción temporal de una cuantía complementaria para los perceptores de renta social básica que tengan a su cargo menores de edad
El objeto de esta orden es la regulación de la prestación complementaria de la renta social básica con carácter extraordinario y temporal, para paliar la situación de vulnerabilidad de las familias en las que existan menores de edad, con ocasión del confinamiento social establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La prestación complementaria de la renta social básica regulada en esta orden se concederá por un plazo máximo de seis meses a partir del 1 de abril de 2020
Se concederá de oficio por el Instituto Cántabro de Servicios sociales a todas las personas que fueran titulares en la fecha de entrada en vigor de esta orden y a todos aquellos que obtengan la resolución de concesión dentro del período de vigencia de la prestación, siempre que cumplan los requisitos del artículo 2 de dicha orden.
La prestación tendrá una cuantía de 75 euros mensuales por hijo o menor acogido, menor de 18 años.