No se bonifique la protección de datos.
Usted dispone de un crédito anual para gastar en formación. Y como este año aún no la consumido, le han ofrecido adecuar su empresa a la normativa de protección de datos, con cargo a dicho crédito. ¿Es válido actual así?
Opóngase. Pues bien, si una consultora especializada en protección de datos le ofrece adecuar su empresa a la normativa de protección de datos «pasando» el coste de dicho servicio como gasto de formación que se puede imputar al crédito bonificable, opóngase. !Atención! Dicha actuación no es válida y usted se arriesga a sumir graves consecuencias.
NO ES FORMACIÓN.
La finalidad del crédito es para gastar en cursos y acciones formativas para sus trabajadores, dirigidas a la adquisición, mejora y actualizacion permanente de sus competencias y cualificaciones. Por tanto:
- Ésto no. No es válido que haga uso del crédito para la formación para una finalidad distinta. ADECUAR SU EMPRESA A LA PROTEECION DE DATOS.
- Esto sí. Ahora bien, si será lícito que pague un curso sobre protección de datos a algún trabajador (aplicando el crédtio formativo) para que éste gestione en su empresa de forma interna las obligaciones en dicha materia.
Esperemos que le sirvan nuestros consejos.