¿Estás pensando en matricular tu vehículo como histórico? Así es la nueva normativa de vehículos históricos en España
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Con la nueva normativa de vehículos históricos destaca la introducción de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos. Su función es clasificar los vehículos como históricos y emitir informes técnicos y certificados, que analizarán si un vehículo puede clasificarse como histórico.
REQUISITOS PARA QUE UN VEHÍCULO LLEGUE A SER HISTÓRICO
Para obtener la matrícula de coche histórico en España, tu vehículo debe cumplir con ciertos requisitos que aseguren su valor histórico. Estos son los pasos especiales:
- Antigüedad mínima: Haya sido fabricado o matriculado por primera vez hace 30 años como mínimo.
- Haya dejado de producirse sus tipos específicos y estar en su estado original, sin haber sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características técnicas o componentes principales y tener un correcto estado de mantenimiento y conservación.
- Se clasificarán como históricos los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico español o declarados bienes de interés cultural o revisen un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento con trascendencia histórica.
DOS PROCEDIMIENTOS DIERENTES
Mientras que el antiguo reglamento aplicaba a todos los vehículos históricos el mismo procedimiento, el nuevo distingue dos procedimientos distintos.
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO
El grupo A (procedimiento abreviado) lo integran los vehículos fabricados o matriculados hace al menos 30 años, que tengan documentación en vigor y se encuentre en situación de circular como vehículo ordinario.
El procedimiento con el nuevo reglamento consiste en solicitar un duplicado del permiso de circulación por cambio de servicio a «histórico», acompañando una declaración responsable en la que el titular del vehículo, por un lado, asegura que el vehículo no tiene modificaciones que comprometan su originalidad y, por otro, se compromete a hacer un uso ocasional del vehículo.
En este caso, el vehículo conserva su matricula ordinaria y no se le asigna otra matricula (histórica) como se hacía hasta ahora. Además, también conserva su tarjeta ITV y no precisa que le expidan una nueva.
- PROCEDIMIENTO ORDINARIO.
Es al que se acogerán aquellos vehículos que tengan una antigüedad de más de 30 años pero que no tengan la documentación en vigor por estar caducada la ITV o por no haber sido matriculados en España y haber sido importados de otro país para ser matriculados como históricos y carecer de documentación española. A estos vehículos son a los que el reglamento se refiere como vehículos «grupo B».
Estos tendrán que presentarse en un servicio técnico de vehículos históricos que elaborará un informe, sobre la base del cual, la ITV confeccionará una tarjeta ITV, que se presentará en una Jefatura de Tráfico para su matriculación como vehículo histórico.