Libros registro de autónomos Torrelavega

Si usted desarrolla una actividad económica como empresario individual, recuerde registrar sus operaciones en sus libros de contabilidad.

Libros de IRPF. Si usted desarrolla una actividad económica como empresario individual, recuerde que, al igual que las sociedades mercantiles, debe llevar un registros de sus operaciones:

  • Estimación directa. Si está acogido al régimen de estimación directa simplificada o es un profesional, deberá registrar sus operaciones en tres libros registro: el de ingresos, el de gastos y el de bienes de inversión (este último para activos que se amorticen). Los profesionales, además, deben llevar un libro registro de provisiones de fondos y suplidos.
  • Modulos. Si tributa en módulos, sólo deberá llevar un libro de bienes de inversión. Y en caso de que realice actividades cuyo rendimiento neto se determine teniendo en cuenta el volumen de operaciones deberá llevar, además, un libro registro de ventas o ingresos.

Cambios en 2020. Pues bien, a partir de 2020 se han introducido cambios en los libros indicados. El objetivo es que, cuando Hacienda solicite a los constribuyentes, su contenido le sirva tanto para llevar a cabo comprobaciones de IRPF como de IVA. Por ejemplo a partir de ahora en las anotaciones en los libros registro de ingresos y de gastos se dee hacer constar el NIF del cliente o del proveedor (como ya ocurre en los libros registro de IVA).

Penalizaciones. No descuide sus obligaciones contable y de registro. Recuerde los perjuicios derivados de no tener los libros en orden:

  • Sanciones. Hacienda puede imponerle sanciones. Por ejemplo: la no llevanza de libros supone una sanción del 1% de la facturación anual (con un mínimo de 600 euros); y el retraso de dicha llevanza por más de cuatro meses se sanciona con 300 euros.
  • Gastos no deducibles. Además, recuerde que para que un gasto sea deducible es necesario que este registrado. Si olvida computar algún gasto en libros, no se lo podrá deducir.

ADAPTE SUS LIBROS REGISTRO A LOS REQUISITOS EXIBIBLES A PARTIR DE 2020. NO CONFECCIONARLOS O NO LLEVARLOS CORRECTAMENTE PUEDE SUPONER PENALIZACIONES

Fente: Apuntes & Consejos Lefebvre.

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