Si adquiere un vehículo para utilizarlo en su actividad económica, podrá deducirse el 50% del IVA SOPORTADO. No obstante, si acredita una utilización en el negocio superior a ese porcentaje, podrá deducirse una suma más alta.
PRESUNCIÓN DEL 50%
Vehículos: Si usted es un empresario individual y adquiere un turismo, un ciclomotor o una motocicleta para su actividad, dicho vehículo se presumirá afecto a su negocio en sólo un 50%, or lo que únicamente podrá deducirse ese mismo porcentaje en el IVA soportado.
Excepciones. La deducción del 100% del IVA sólo es posible en ciertas actividades que establece la ley (como, transporte de mercancias mediante vehículo mixtos, transporte de viajeros, enseñanza de conductores o pilotos, servicios de vigilancia, agente comercial).
DEDUCCION SUPERIOR AL 50%
Aunque su actividad no coincida con ninguna de estas actividades, también puede deducirse más de un 50% del IVA (o incluso el 100%) si demuestra un porcentaje de uso superior. ¡OJO! Si hacienda acreditase un porcentaje de uso empresarial inferior al 50%, también podría obligarle a deducir menos del 50% del IVA soportado.
El problema radica en que hacienda es muy restrictiva a la hora de aceptar como válidas las pruebas de utilización empresarial. Y entiende que lo importante esta en la disponibilidad del automóvil, de forma que, fuera de las horas de trabajo, considera que el vehículo sólo está afecto a fines particulares.
ACREDITE UNA MAYOR DEDUCCIÓN.
A pesar de esto, si usted utiliza su vehículo exclusivamete o casi todo el tiempo para su actividad, no se conforme. RECOPILE un conjunto de pruebas concluyentes, y así lo tendrá mas dificil para decirle que no se lo admite. Y si siguen negándole la deducción puede acudir a los tribunales que suelen ser mas flexibles.
CONJUNTO DE PRUEBAS:
- Acredite que es propietario de otro vehículo, que es el que utiliza en sus desplazamientos de caracter personal.
- Acredite que el tipo de actividad que realiza le obliga a desplazarse continuamente con su vehículo.
- Rotule el vehículo con el nombre comercial o marca de sue empresa.
- Acredite que en la poliza del seguro del vehículo consta que sólo se utiliza a efectos empresariales y profesionales.
- Si el interior del vehículo ha sido adaptado a su actividad (por ejemplo, si ha modificado la parte traera para llevar muestras o equipos), adjunte fotografías y facturas de las modificaciones realizadas.
- Acredite que tiene alquilado un parking cerca de donde desarrolla su actividad.
GPS. También puede ser una prueba de gran valor haber contratado un servicio que permita registrar mediante GPS los deplazamientos, así como tener recopilada documentación que acredite que éstos se realizan por motivos empresariales (por ejemplo, justificando que todos ellos son a domicilios de clientes, proveedores, etc).
Fuente: Apuntes&consejos Impuestos