La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 ha incrementado, la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo en los siguientes importes:
- Para contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,5 euros (anteriormente, 13.115): la cuantía es de 6.498 euros anuales (anteriormente, 5.565 euros).
- Si el rendimiento neto está comprendido entre 14.047,5 y 19.747,5 euros (anteriormente entre 13.115 y 16.825): la cuantía es de 6.498 euros (anteriormente, 5.565 euros) menos el resultado de multiplicar por 1,14 (anteriormente 1,5) la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,5 euros anuales (anteriormente 13.115 euros).
Este aumento de las reducciones también supone un aumento de los rendimientos del trabajo por debajo de los cuales su empresa no deberá practicar retención.
A partir de 2023 se incrementa de 14.000 a 15.000 euros el límite de rendimientos del trabajo por los que no existe obligación de declarar por IRPF, aunque se obtengan salarios de más de un pagador y los salarios del segundo y posteriores pagadores no superen los 1.500 euros en conjunto.