Si una persona desempleada e inscrita en una Oficina de Empleo acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual, podrá aplicar un gasto deducible de 2.000 euros en la declaración del IRPF del ejercicio en el que se produce el cambio y en el ejercicio siguiente. En concreto:
- El incentivo se aplica siempre que el nuevo puesto exija cambiar de residencia habitual, por lo que se debe acreditar el cambio. Por ejemplo, un contrato de alquiler.
- La ley no exige ningún requisito de carácter temporal, ni en cuanto a la permanencia en el puesto de trabajo que se acepta ni en cuanto a la permanencia en el municipio al que se traslada. Por tanto, aunque el empleo dure pocos días y el afectado vuelva a su domicilio de origen, podrá aplicar el incentivo en los dos ejercicios indicados.