EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (ERL)

imagesCAKT6COGEn la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se creo la figura de Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL)

¿Conoce las características de esta figura?. Se las explicamos a continuación

  1.  El emprendedor persona física, cualquiera que sea su actividad, podrá LIMITAR su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad empresarial o profesional mediante la asunción de la condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada»
  2. Podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual del deudor siempre que su valor no supere los 300.000 €. En caso de viviendas situadas en población de más de 1.000.000 habitantes, se aplicará un coeficiente del 1,5 (valorada conforme a lo dispuesto en la base imponible del ITP-AJD en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil).
  3. No será de aplicación respecto de las deudas de derecho público.
  4. Se deberá inscribir en el Registro Mercantil (40 € de tasa) y en el Registro de la Propiedad (24 € de tasa) mediante acta notarial o similar.
  5. Deberá hacer constar en toda su documentación su condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada» mediante la adición a su nombre, apellidos y datos de identificación fiscal, de las siglas «ERL».
  6. Subsiste la responsabilidad universal por las deudas contraidas con anterioridad.
  7. Deberá formular y depositar en el Registro Mercantil cuentas anuales correspondientes a su actividad empresarial o profesional de conformidad con lo previsto para las sociedades unipersonales de responsabilidad limitada.
  8. Perderá el beneficio de la limitación de responsabilidad si no presenta las cuentas en plazo y lo recuperará en el momento de la presentación.
  9. Los empresarios que opten por la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada y que tributen por el Régimen de Estimación Objetiva, podrán cumplir las obligaciones contables y de deposito de cuentas mediante el deposito de un modelo estandarizado que se desarrollará reglamentariamente.

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