La Agencia Tributaria ha publicado una nota en su página web en la que especifica cuáles serás las deducciones fiscales que obtendrán las donaciones realizadas para financiar los gastos ocasionados por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Entre estas donaciones la AEAT distingue tres tipos:
- Las realizadas por contribuyentes del IRPF
- Las de los contribuyentes del Impuesto de Sociedades y
- Los del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) con establecimiento permanente y La de los IRNR sin establecimiento permanente.
Estas donaciones realizadas en el año 2020 tendrán efectos fiscales en las declaraciones correspondientes a 2020 cuyo plazo de presentación se iniciará como regla en el año 2021. Además, la AEAT recuerda que debe tenerse en cuenta que la Administración del Estado presentará en el mes de enero de 2021 el modelo 182 de Declaración Informativa anual relativa a Donativos, donaciones y aportaciones recibidas (desarrollada por la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre), en relación con los donativos percibidos durante 2020.
Para conocer las deducciones específicas y ampliar toda esta información, pueden leer la nota completa en la siguiente dirección: