Deducción de vivienda tras divorcio
Es del 100% si uno de los cónyuges asume el pago de toda la cuota hipotecaria
Si un matrimonio se separa o se divorcia y es propietario de una vivienda adquirida antes de 2013, el cónyuge que abandona la vivienda familiar puede seguir disfrutando de la deducción por adquisición de vivienda habitual por las cuotas que continúe satisfaciendo por su parte del préstamo. Para ello, es preciso que el inmueble siga constituyendo la vivienda habitual del ex cónyuge y de sus hijos.
Pues bien, si la resolución judicial de divorcio establece que dicho cónyuge debe hacerse cargo de la totalidad del préstamo (es decir, que debe asumir tanto su parte del préstamo como la del otro cónyuge), tiene derecho a aplicar la deducción sobre la totalidad de las cuotas satisfechas, aunque sea propietario de sólo el 50%. Y lo mismo sucede si quien asume el 100% de la hipoteca de la vivienda conyugal es el cónyuge que sigue viviendo en ella con los hijos, aunque sólo sea propietario del 50% del inmueble.
Recuerde que la base máxima de deducción anual es del 9.040 euros.
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