Al cumplimentar el IRPF de 2019, los arrendadores de inmuebles y los empresarios en estimación directa deben facilitar una información más detallada…
Mayor desglose. Este año Hacienda ha aumentado el nivel de detalle de la declaración de IRPF.
Empresarios. Los empresarios en régimen de estimación directa deben desglosar con más detalle sus gastos deducibles. Por ejemplo:
- Existencias. Han de diferenciar las compras de la variacion de existencias (antes sólo se declaraban los consumos de explotación).
- Gastos de Personal. Tienen que desglosar los gastos de personal (incluyendo también dietas e indemnizaciones, por ejemplo).
- Otros gastos. Asimismo, deben indicar de forma separada otros gastos, como el IVA soportado no deducido o las primas de seguro.
Arrendadores. Por su parte, los contribuyentes que declaran rendiminetos del capital inmobiliario también deben desglosar con más detalle sus gastos, informando de los seguros o los gastos de comunidad, por ejemplo. Y e el caso de las amortizaciones, además, deben detallar cómo las han calculado (incluyendo información sobre valores catastrales, valor de adquisición, mejoras realizadas, etc…).
Nuevo anexo «D». En este tipo de rendimientos, además, se crea un nuevo anexo «D», de complimentación voluntaria, para consignar el NIF de los proveedores de algunos gastos (de formalización del contrato, obras, mejoras, serviicios de defensa jurídica, etc), así como su importe. Según Hacienda, al facilitar esta información, los arrendadores agilizarán la tramitación de las devoluciones de IRPF a las que tengan derecho y reducirán el número de requerimientos.
COntratistas. Por tanto, si durante el año 2019 usted o su empresa prestaron servicios a arrendadores, o efectuaron obras en inmuebles alquilados, sepa que Hacienda puede disponer de dicha información, así como de los importes facturados. Aseguresé de que ha declarado el IVA de dichas operaciones y las ha reflejado en sus libros, así como en su IRPF o Impuesto sobre Sociedades. Si es preciso, regularice dichas declaraciones y evite sanciones de Hacienda.
Fuente: apuntes & consejos.
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