CUENTA VIVIENDA SIN ADQUISICION DE VIVIENDA

La cuenta vivienda tuvo su apogeo en pleno boom inmobiliario. Tenia exactamente los mismos beneficios fiscales que la adquisición de vivienda (Deducción del 15% sobre un máximo de 9.040 euros), pero transcurridos cuatro años obligaba al titular a su adquisición o rehabilitación de la misma.

En caso de transcurrir ese plazo y no adquirir la vivienda o rehabilitar el inmueble, el titular deberá proceder a la devolución del importe de las deducciones que haya disfrutado junto con los intereses de demora correspondientes.

Con carácter excepcional, se permitió a aquellos contribuyentes que habiéndose practicado deducciones por cuenta vivienda no la hubieran adquirido y siempre que a 1 de enero de 2013 no hubiera transcurrido el plazo de 4 años desde la apertura de la cuenta, regularizar en la declaración de IRPF 2012 las deducciones practicadas hasta el ejercicio 2011 sin intereses de demora. Si no se utilizó dicha opción y posteriormente se incumple alguno de los requisitos, la regularización que en su caso proceda deberá incluir intereses de demora.

Los contribuyentes dejaron de poder aplicarse deducción alguna por las aportaciones que realizaron en sus cuentas vivienda a partir de 1 de enero de 2013.

vivienda

[stellar]
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