¿Cuáles son las opciones de tributación en la Declaración de la Renta?

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En la declaración de la renta al presentarla se puede hacer de forma individual o conjuntamente con su unidad familiar. 

¿Qué es la unidad familiar?

La unidad familiar está formada:

En caso de matrimonio, por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:

  • Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de estos.
  • Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. Tras la reforma del Código Civil también se incluyen los hijos mayores de edad con discapacidad sobre los que se haya establecido una curatela representativa por resolución judicial.

Declaración Renta 2024 familia Biparental

Si está casada, puede tributar junto con su cónyuge e hijos menores de edad o incapacitados judicialmente. Tendrá derecho a una reducción en renta de 3.400 €.

Si no existe matrimonio o en los casos de separación legal, está formada por:

El padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otro y reúnan los requisitos señalados anteriormente.

Declaración Renta 2024 Familia Monoparental

Si usted es viudo o soltero o está separado legalmente, también puede tributar en conjunto con sus hijos (menores de edad o incapacitados judicialmente) si tiene su guardia y custodia. En este caso la reducción es de 2150 €. 

La mayoría de edad se alcanza a los 18 años.

La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año.

La parte negativa de declarar conjuntamente es que al computar la suma de rentas de todos los miembros de la unidad familiar se puede acabar tributando a unos tipos de IRPF más altos.  Para que está opción sea conveniente, es preciso que el ahorro derivado de las reducciones anteriores supere la mayor tributación ocasionada por tributar a unos tipos superiores.

declaracion-renta-2024-familia-monoparental

¿Se puede cambiar la opción de tributación?

Según la ley, una vez presentada la declaración, solamente se puede cambiar la opción de tributación elegida si todavía no ha finalizado el plazo reglamentario para declarar. No obstante, dicha regla tiene una excepción: cuando existe un error material o un cambio de las circunstancias objetivas respecto al momento en que se formuló la declaración, siempre que ambas situaciones no sean imputables al obligado tributario, si es posible modificar la opción elegida fuera del plazo legal. 

En Salma Consulting contamos con los mejores profesionales para optimizar tu declaración de la renta y agilizar todos los trámites, con la mayor confianza. Si está interesado llámenos al 942 80 18 80 o envíenos un correo a info@salmaconsulting.es puede mandar un email o mandar un WhatsApp al 617 663 895

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