Si su empresa va a incurrir en pérdidas, es posible que caiga en causa de disolución. No obstante, este año no está obligada a tomar medidas….
Causa de disolución. Cuando una empresa incurre en pérdidas y su patrimonio neto (los Fondos Propios) queda por debajo de la mitad del capital social, la ley obliga a los socios a corregir la situación o a disolver la sociedad. Si dicha regularización no se produce y la empresa tampoco se disuelve, el administrador puede llegar a responder con su patrimonio personal de las deudas sociales.
Medida anti-covid. Pues bien, como medida contra la crisis, las pérdidas de 2020 no se tendrán en cuenta a efectos de determinar esa causa de disolución y la posible responsabilidad de los administradores. Ello supone un margen para las empresas, que podrán esperar al cierre de 2021 para verificar si incurren o no en esta situación.
Regularización. No obstante, lo mejor es regularizar las pérdidas de forma inmediata (para dar una mejor imagen frente a las entidades financieras o frente a los acreedores). Para ello, los socios puedesn aumentar el capital en cuantía suficiente. Pero también pueden efectuar una aportación directa a la cuenta 118 (para reponer pérdidas). De ese modo, evitarán los gastos de notario y registro y, además, podraán realizar un desempolso más bajo.