Cambios en los planes de pensiones. Renta. IRPF. Torrelavega

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Si realiza aportaciones a su plan de pensiones personal, en 2020 será el último año en que podrá aportar hasta 8.000 euros. A partir de 2021, la aportación máxima se reduce a tan sólo 2.000 euros…

Tributación del plan de pensiones

Aportaciones. Si usted aporta dinero a un plan de pensiones, su tributación será la siguiente:

  • Las aportaciones realizdas reducirán la base imponible de su IRPF.
  • Cuando se jubile y cobre los drechos consolidados del plan, es decir, las aportaciones más los rendimientos generados, deberá tributar el IRPF por dichas cantidades.

Ahorro. Como lo normal será que, al jubilarse, sus rentas totales y su tipo marginal en el IRPF disminuyan, esa tributación será inferior al ahorro obtenido en el año de la aportación (ademas de que habrá diferido el pago unos cuantos años). Por tanto, obtendrá un ahorro fiscal. Por ejemplo, si su tipo marginal en el año en que realiza la aportación es del 45% y al jubilarse baja al 30%, ahorrará 150 euros por cada 1.000 euros aportados al plan.

Planes personales: empeoran

Plan propio. A estos efectos, la cuantía que actualmente es posible aportar cada año al plan de pensiones propio (es decir, uno que haya constituido usted mismo en su entidad financiera) está limitada a 8.000 euros, sin que dicha cuantía pueda superar el 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas. ¡Atención! Pues bien, está previsto que a partir de 2021 dicho límite pase a ser de sólo 2.000 euros anuales, con lo que el ahorro que podrá obtenerse con este producto financiero se verá reducido.

Plan del cónyuge. Asimismo, recuerde que usted también puede efectuar aportaciones al plan de pensiones de su cónyuge, en cuyo caso tendrá derecho a aplicarse una reducción en su IRPF por las cantidades aportadas, y será su cónyuge (y no usted) quien deberá tributar en el futuro por dichas cuantías cuando cobre la prestación (para ello, los rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas de su cónyuge deben ser inferiores a 8.000 euros al año). ¡Atención! Pues bien, la fiscalidad de estas aportaciones también empeora:

  • Actualmente la aportación anual al plan de pensiones del cónyuge está limitada a 2.500 euros.
  • A partir de 2021, también está previsto que dicho límite se reduzca y pase a ser de 1.000 euros anuales.

Planes de empresa: se mantiene.

8.000 euros. No obstante, no todos los planes de pensiones van a empeorar. En los planes de empresa (aquellos que son promovidos por una empresa, aportando periódicamente una parte del salario de los trabajadores que lo solicitan), el límite actual de aportaciones se mantiene en 8.000 euros al año. Apunte. Si es usted empleado de una empresa y hasta ahora ha estado aportando dinero a un plan de pensiones propio, verifique si u empresa dispone d eplan de pensiones empresarial y haga sus aportaciones a través de éste. Y si no lo tiene, comente a la dirección la posibilidad de constituir uno (es muy probable que haya otros trabajadores interesados).

Limite conjunto. Hasta ahora, si una persona realizaba aportaciones a un plan propio y también a un plan de pensiones empresarial, la reducción máxima que podía aplicarse en conjunto era de 8.000 euros anuales. Apunte. Pues bien, en este caso hay una mejoría: está previsto que a partir de 2021 sea posible aportar hasta 2.000 euros a planes propios y hasta 8.000 euros a planes de empresa, por lo que, a efectos prácticos, el límite conjunto será de 10.000 euros.

 

[stellar]
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