Buenos días:
Os recordamos que el cambio de la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos hay que hacerlo ANTES del 1 de noviembre de 2014
Durante todo el próximo mes de octubre y antes del 1 de noviembre 2014 las empresas tendrán la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y, por consiguiente, también la cuota a pagar, teniendo efecto esta modificación a partir del 1 de enero de 2015.
Para que sirva de ejemplo, en esta escala aparece una escala comparativa con algunas de las opciones de modificación cuyos importes están vigentes en 2014.
Base de Cotización €/mes |
Tipo de Cotización Contingencias Comunes Cobertura de IT |
Cuota a pagar €/mes |
875,70 – Mínima en 2014- |
29,90 % |
261,84 |
944,40 Mínima para trabajadores de 48 o mas a 01-01-2014, salvo excepciones |
29,90% |
282,38 |
1.000 |
29,90 % |
299 |
1.202 |
29,90 % |
359,40 |
1.926,60 Máxima para trabajadores de 47, 48 años o mas, salvo excepciones |
29,90 % |
576,05 |
3.597,00 -máxima en 2014- |
29,90 % |
1.075,50 |
*29,90% = 29,80% + 0,1% (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad).
Por otro lado, es importante recordar que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.
Los clientes de Salma Consulting que estén interesados en modificar la citada base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible CUMPLIMENTANDO la fecha que les hemos adelantado por mail.