NUEVAS AYUDAS A EMPRENDEDORES, AUTONOMOS Y MICROPYMES EN 2020 destinadas a paliar los efectos de la crisis del COVID-19
Se trata de tres programas que se resumen a continuación:
PROGRAMA I: Ayudas para el lanzamiento de nuevos proyectos empresariales
- Destinado a personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una actividad en el municipio de Santander entre el 2 de agosto de 2019 y la fecha de presentación de la solicitud y que hayan realizado y pagado antes de la fecha de solicitud gastos por valor igual o superior a 1000€ en alguno de los conceptos contemplados en este programa.
- Las ayudas contempladas tienen carácter de subvención a fondo perdido destinado a financiar hasta el 100% de gastos de inversión y puesta en marcha de la empresa comprendido entre los seis meses anteriores y los tres meses posteriores al inicio de la actividad como son: adquisición de inmuebles afectos de la actividad, arrendamiento de local de negocio, acondicionamiento de inmueble, maquinaria, herramientas, medios de transporte afectos a la actividad, mobiliario y enseres, equipos informáticos y de oficina, software, páginas web, publicidad…
- Es requisito que la plantilla de la empresa no sea superior a 10 trabajadores
- La subvención máxima a percibir por cada beneficiario será de 3.000€.
PROGRAMA II: Ayudas para el mantenimiento de la actividad
- Destinado a personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una actividad en el municipio de Santander con anterioridad al 2 de agosto de 2019 y que desarrollen su actividad en un inmueble en régimen de alquiler en dicho municipio cuyo contrato esté formado con fecha anterior a la declaración del estado de alarma.
- Es requisito desarrollar una actividad suspendida debida al estado de alarma o haber sufrido una disminución en la facturación de al menos un 75% en los términos establecidos en el artículo 17 del real decreto ley 8/2020 del 17 de marzo.
- Es requisito también haber acordado con el arrendador del citado inmueble un aplazamiento de al menos el 50% o una reducción de al menos un 25% del importe de alquiler durante al menos 2 meses con el objeto de paliar los efectos de la crisis del COVID-19.
- Es requisito no contar con una plantilla superior a 5 trabajadores de carácter indefinido o el equivalente indefinido a tiempo parcial.
- La subvención máxima a percibir por cada beneficiario será del 50% del coste del alquiler durante 3 meses entre marzo y agosto de 2020 siempre que la cuantía total no supere los 1200€ (400€/mes).
PROGRAMA III: Ayudas para la digitalización de la actividad comercial
- Destinado a personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una actividad comercial en el municipio de Santander con anterioridad al 2 de agosto de 2019 y que hayan realizado la actividad subvencionable entre el 2 de agosto de 2019 y la fecha de presentación de la solicitud.
- Es requisito que la plantilla de la empresa no sea superior a 10 trabajadores.
- Las ayudas contempladas en este programa tienen carácter de subvención a fondo perdido destinada a financiar hasta el 75% del coste implantación de soluciones de comercio electrónico mediante la contratación de servicios técnicos de expertos ajenos a la empresa siempre que la cuantía total no supere los 3.000€.
- Las ayudas serán compatibles con cualesquiera otras ayudas siempre y cuando el importe total de las ayudas no supere el coste total del concepto subvencionado.
- Las ayudas de nuestros programas son Incompatibles entre si.
PLAZO PRESENTACIÓN
- Programa I y III : 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. BOC
- Programa II: desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y hasta la finalización del cierre obligatorio.
Tras su aprobación y recogerlo en la Base de Datos nacional de Subvenciones se publicará en los próximos días en el BOC y a partir del día siguiente se podrán presentarse las SOLICITUDES en el modelo oficial que aparece en la Convocatoria junto con la documentación obligatoria.