Incentivos. Hace unos meses, el Tribunal Supremo confirmó que los autónomos societarios (quienes cotizan en el RETA porque tienen el control efectivo de su sociedad y trabajan en ella) también tienen derecho a aplicar los incentivos previstos para los autónomos ordinarios. No obstante, hasta ahora la Seguridad SOcial seguía oponiendose a ello, por lo que no había más remedio que presentar recurso contra dicha decisión.
Cambio de criterio. Pues bien, sepa que esto va a dejar de ser así, pues la TGSS va a aplicar de oficio dichos incentivos. Recuerde en que consisten:
- EL autónomo sólo pagará 60 euros de cuota durante los 12 primeros meses si cotiza por la base mínima. Si la base es superior podrá aplicar una reducción del 80 % durante esos meses.
- Después tendrá una reducción del 50% durante seis meses, y otra del 30% durante los 6 siguientes. Si al darse de alta tiene menos de 30 años (o 35 si es mujer) se aplicará la reducción del 30% durante 12 meses más.